Nueva ley sienta bases para acabar con histórico monopolio de la ANDE

ESENCIAL. La participación del sector privado será clave para la generación y transmisión de energía.
REDES. Los nuevos generadores de energía podrán utilizar el SIN y pagar un peaje a la ANDE.

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Con el Decreto N° 6034 rubricado el martes pasado, que reglamenta la Ley N° 7599/2025 de modernización del régimen de “Energías renovables no convencionales (ERNC) no hidráulicas”, el Poder Ejecutivo propone una normativa que sienta, por primera vez de manera sistémica, las bases legales para romper el histórico monopolio de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).

Hasta la fecha, la estructura de transmisión y distribución de energía en el país está centralizada bajo el control del Estado a través de la ANDE. El nuevo decreto del Ejecutivo altera este escenario al abrir la actividad de generación y comercialización a la participación del capital privado.

A partir de la reglamentación de la ley que regula y fomenta la generación de ERNC, el país inicia una transición hacia un mercado eléctrico competitivo y dinámico. Es decir, a mediano plazo desaparecerá el monopolio de la ANDE en lo que respecta a la comercialización de energía en el país. Así lo expresó Eduardo Viedma, presidente de la Asociación Paraguaya de Energías Renovables (APER) y ex integrante del Consejo de Administración de la Itaipú Binacional (IB).

“A partir de ahora, esperamos que, a mediano plazo, se inicie un mercado eléctrico competitivo y ordenado en el país. Esta reglamentación es la que estaban esperando los grandes proyectos de generación. Por el volumen de inversiones que se necesitan, se va a ir rompiendo el monopolio de la ANDE”, afirmó en contacto con ÚH.

ARBITRAJE. Según el referente del sector energético, la posibilidad de pactar arbitrajes ante conflictos entre las partes es un eje central de la reglamentación. Este mecanismo, sostiene, aporta la seguridad jurídica necesaria para atraer capital internacional. “Es una norma muy esperada que finalmente permite destrabar proyectos de gran envergadura”, afirmó.

La nueva reglamentación facilita el desarrollo de emprendimientos a gran escala, habilitando contratos que alcanzan los 30 megavatios de potencia y extienden su vigencia hasta tres décadas, remarcó.

POR DEFINIR. Por otro lado, el titular de la Asociación Paraguaya de Energías Renovables lamentó que el decreto reglamentario haya dejado algunas lagunas en lo que respecta a los proyectos que están por debajo de 1 megavatio, que serán los que se desarrollen mediante la instalación de paneles solares en hogares, industrias y comercios. Mencionó que se deberá esperar que el Viceministerio de Minas y Energía (VMME) se encargue de establecer estos parámetros a definir.

NUEVAS REGLAS. El inicio del fin del monopolio no radica solo en quién genera la energía, sino en a quién se le permite vendérsela. La legis- lación y su reglamentación fragmenta la exclusividad de compra de la ANDE, permitiendo que la oferta y la demanda se encuentren de forma directa en el sector privado. La ANDE ya no actúa como el comprador único, sino que asume también el rol de transportista.

La ley garantiza el “libre acceso a la red” del Sistema Interconectado Nacional (SIN) para los privados y se fija un peaje que se abonará por usar las redes de la ANDE.

30 años es el plazo máximo por el que se podrán celebrar contratos de generación.

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